Que trámites deben hacerse en el fallecimiento de un Asociado y sus beneficiarios
Se deben comunicar inmediatamente con el orientador funerario SM (R) Elías Barrera al celular 3115299846 las 24 horas del día o al Departamento de Socios de lunes a viernes en horario 8:00 a las 17:00 horas al celular 3223714111
Se les orientará sobre los siguientes procedimientos:
- Servicios funerarios para el Asociado y beneficiaria
- Pagos AVODE
- Trámites de sustitución pensional CREMIL, ministerio de Defensa y Colpensiones
- Trámites ante el Sistema de Salud de las FF.MM.
Importante
El señor oficial ACORADO no debe estar incluido dentro de ninguna póliza exequial, lo anterior debido a que cuenta con un auxilio funerario por parte de CREMIL y/o MINDEFENSA para el cubrimiento de su servicio exequial a nivel nacional
Se solicita que en un término no mayor a 20 días contados a partir de la fecha del fallecimiento, se remita a CREMIL, con la copia autenticada del Registro de Defunción con el fin de continuar con el trámite administrativos a los correos electrónicos: reconocimiento@cremil.gov.co y gestiondocumental@cremil.gov.co o de manera física a la dirección: Carrera 13 No. 27 -00 segundo piso, edificio Bochica en Bogotá, Diligenciar el formato de informe de fallecimiento de CREMIL de manera legible y clara.
Exequias del oficial con asignación de retiro o pensión
DECRETO 1211 DEL AÑO 1990 ARTÍCULO 187. GASTOS DE INHUMACION. Los gastos de inhumación de los Oficiales y Suboficiales que fallezcan en servicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión, serán cubiertos por el tesoro público a quien los haya hecho, mediante la presentación de la copia del registro civil de defunción y de los comprobantes de los gastos realizados, sin que su cuantía sea inferior a cinco (5) veces el salario mínimo legal mensual ni superior a diez (10) veces este mismo salario.
Ante el fallecimiento del oficial titular con asignación de retiro o pensión, los familiares tienen la libertad de seleccionar la funeraria y el cementerio para realizar las exequias del Militar.
Los servicios exequiales deben cubrir los siguientes ítems:
- Traslado del cuerpo de la clínica, hospital o residencia a la funeraria y sala de velación
- Traslado del cuerpo vía aérea, terrestre o fluvial dentro del territorio nacional
- Trámites legales ante Secretaria de Salud y Notaria para registrar el fallecimiento, la funeraria debe entregar 2 registros de defunción originales
- Arreglo del cuerpo
- Coordinación del servicio incluido los Honores Militares
- Cofre para la inhumación o cremación
- Sala de velación
- Carroza para llevar el cuerpo al cementerio
- Cinta con el grado y nombre del fallecido
- Libro de firmas para los asistentes
- Atención en el servicio de cafetería para los asistentes
- Misa, exequias, homilía o ceremonia cristiana
- Arreglo floral
- Cremación con cenizario o inhumación en lote o bóveda por 4 cuatro años o por el tiempo que se establezca en cada región, sin costo adicional.
- Un bus o buseta para acompañantes sala-iglesia-cementerio
- Para la ceremonia militar se provee de pabellón tricolor nacional para ser entregado a la familia.
Recepción de documentos para pago del aporte voluntario por defunción “AVODE”
El o los Beneficiarios, deberán entregar o hacer llegar a la Oficina de AVODE, los siguientes Documentos, para el pago del Aporte Voluntario por Defunción al que tienen Derecho.
- Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del AVODADO
- Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del o los Beneficiarios
- Original o copia autentica del Registro civil de defunción
- Original del Certificado de afiliación al AVODE. De no tener dicho certificado deberán enviar una carta firmada por todos los beneficiarios dirigida al Gerente de AVODE, donde manifiesten que no fue posible encontrar el certificado.
- Certificaciones bancarias de cada uno de los beneficiarios
- Si alguno de los beneficiarios va a autorizar a un tercero o a otro de los beneficiarios para recibir el pago, deberá anexar poder autenticado donde autoriza que el dinero sea consignado en la cuenta del Apoderado.
- Si uno o más beneficiarios se encuentran fallecidos, deberán anexar copia del Registro civil de defunción y el porcentaje se repartirá en partes iguales entre los beneficiarios vivos.
- Si hay beneficiarios menores de edad. Los representantes legales del menor deberán anexar:
- Copia del Registro civil de nacimiento.
- Copia de la Tarjeta de identidad del menor
- Una declaración extra juicio del Representante legal, donde manifiesta que recibe los dineros correspondientes al menor en representación del mismo.
- Fotocopia de la Cedula del Representante legal, del menor
- Certificado de cuenta Bancaria del representante del menor.
Contactos para comunicarse con AVODE 6013450511 EXT. 112, Celular 3183944734, avode@acore.org.co