El Derecho Internacional Humanitario, en el pasado reciente y en el presente de nuestro país, ha logrado ubicarse en el lugar de importancia que debe tener esta normatividad en el marco de una sociedad que por encima de cualquier consideración debe entender y aplicar un principio tan sencillo como el respeto por el otro.
Hoy las Fuerzas Armadas colombianas no son ajenas al DIH, por el contrario, lo han acogido y hoy es parte de su formación y de la manera con en medio del conflicto se entiende y se aplica en el territorio colombiano.
ACORE inicia desde sus páginas una tarea de difusión que permita dar conocer las bases del Derecho internacional Humanitario, entregando en cada edición apartes del mismo, en lo que hemos denominado el ABC del DIH; de esta manera sentimos que podemos contribuir desde esta tribuna, al entendimiento, el respeto y la paz.
1. ¿QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?
El derecho internacional humanitario es el conjunto de normas cuya finalidad, en tiempo de conflicto armado es, por una parte, proteger a las personas que no participan, o han dejado de participar, en las hostilidades y, por otra, limitar los médicos y medios de hacer la guerra. Para ser exactos, por derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados, el CICR entiende las normas internacionales, de origen convencional o consuetudinario, especialmente destinadas a solucionar por problemas de índole humanitario que se derivan directamente de los conflictos armados, internacionales o no, y limitan , por razones humanitarias , el derecho de las partes en conflicto a utilizar los métodos y medios de hacer la guerra de su elección y protegen a las personas y los bienes afectados o que pueden verse afectados por el conflicto.
Ginebra y La Haya
El derecho internacional humanitario (DIH)- también denominado derecho de los conflictos armados o derecho de la guerra. Comprende dos ramas distintas:
· El “derecho de Ginebra”, cuyo objetivo es proteger a los militares que han dejado de participar en los combates y a las personas que no participan directamente en las hostilidades, por ejemplo, la población civil.
· El “derecho de La Haya”, por el que se determinan los derechos y las obligaciones de los beligerantes en la conducción de las operaciones militares y se limita la elección de los medios para perjudicar al enemigo.
¿Quién se enfrenta con quién?
El conflicto armando internacional opone a las fuerzas armadas de, al menos dos Estados ( cabe destacar que la guerra de liberación nacional ha sido elevada al rango de conflicto armado internacional)
En el conflicto armado no internacional se enfrentan, en el territorio de un Estado, las fuerzas armadas regulares con armados entre sí. Para que un conflicto armado no internacional sea reconocido como tal, los combates revestirán cierta intensidad y se prolongarán durante cierto tiempo.
Los disturbios interiores se caracterizan por una profunda perturbación del orden interno debido a actos de violencia que no tienen las particularidades de un conflicto armado (por ejemplo, motines, lucha de facciones entre ellas o contra las autoridades en el poder…)
Grocio y el derecho de gentes
“Derecho de gentes” es la expresión utilizada en la doctrina clásica y es sinónima, en el uso corriente de nuestros días, de “derecho internacional público” o “derecho internacional” Este se define como el conjunto de normas jurídicas por las que se rigen las relaciones entre los Estados, así como con los demás miembros de la comunidad internacional.
Grocio, jurista y diplomático, es el parte de derecho de gentes. A raíz de la Reforma que dividía, en aquella época, a la cristiandad en Europa, pensó que el derecho ya no era la expresión de la justicia divina, sino de la razón humana, que ya no precedía a la acción, sino que dimanaba de ella. De ahí la necesidad de encontrar otro principio de unidad para las relaciones internacionales. El derecho de gentes proporcionó ese principio. En su obra, Derecho de la guerra y la paz, Grocio enumera las normas que constituyen las bases más solidad del derecho de la guerra.
Terminología
Las expresiones “derecho internacional humanitario” , “derecho de los conflictos armados” y “derecho de la guerra” pueden considerarse como equivalentes. Las organizaciones internacionales, las universidades o los Estados suelen emplear la expresión “derecho internacional humanitario” o “derecho humanitario”, mientras que, las fuerzas armadas, utilizan las otras dos con más frecuencia.
Tomado del manual de Derecho Internacional Humanitario, Respuestas a sus preguntas, reimpresión febrero de 2013 CICR





