Por: Rafael Nieto Loaiza
Vivanco, director de Human Rights Watch Américas, ha defendido con fervor la privación de la libertad de Álvaro Uribe por parte de la Corte Suprema. Alega que “es la mayor prueba de fuego para el estado de derecho en Colombia en la última década” y que “quienes apoyan la democracia en América Latina—y en especial quienes han visto con sus propios ojos la destrucción del Estado de derecho en Venezuela— deberían respaldar a la Corte, no al expresidente Uribe”.
Ejercer la crítica a una decisión judicial es un derecho ciudadano que Vivanco debería defender. Y más en este caso, donde son tantas y tan evidentes las violaciones a derechos y libertades consagrados en los tratados internacionales y en la Constitución. Miremos algunos:
El caso nace de las denuncias por manipulación de testigos que Uribe interpusiera contra Iván Cepeda, cuyo vínculo con la extrema izquierda es de tal naturaleza que las Farc dieron el nombre de su padre, dirigente comunista, a uno de sus frentes. Ese caso lo tenía José Luis Barceló, mencionado en los casetes del cartel de la Toga. Barceló, sin mayor investigación, decide cerrar la investigación contra Cepeda, negándose a practicar muchas pruebas solicitadas y aunque en el expediente obran evidencias de que ofrecía beneficios a testigos y que era donante de una “fundación” que entregó dinero a algunos de ellos. En el auto inhibitorio, 16 de febrero de 2018, en cambio, compulsa copias contra Uribe, el denunciante. Menos de una semana después, el 22, el mismo Barceló abre un proceso contra Uribe, con base en una denuncia presentada ese mismo día por el abogado de Cepeda. Y no hubo reparto, Barceló se asignó a sí mismo la competencia. Además de la sospechosa celeridad, única en la historia, la violación al principio de imparcialidad es evidente. No podía conocer de la denuncia contra Uribe el mismo magistrado que había compulsado copias contra él.
La Suprema le ocultó por cinco meses el proceso contra él, aunque Uribe solicito información a la Corte en sendos derechos de petición. El argumento que ha dado Barceló es estúpido y mentiroso. Dice que no informó del proceso porque era “contra persona indeterminada”. Si fuera así, la Corte no tenía competencia porque solo puede investigar aforados. Y si sabía que era contra un aforado, Uribe, tendría que haberlo informado para no violar sus derechos. Solo lo notificó el 24 de julio.
Después, Uribe pidió en dos ocasiones que la Corte lo recibiera en versión libre y, en contra de lo usual, no se lo aceptaron. Solo lo vinculó al proceso en indagatoria del 08 de octubre de 2019. Mientras tanto, la Corte practicó innumerables pruebas sin presencia de los abogados de Uribe, en evidente violación del principio de contradicción, indispensable para asegurar el derecho de defensa de todos los investigados penalmente. Las pruebas más importantes que alega la Corte contra Uribe se realizaron en este período, incluyendo los interrogatorios de Monsalve, Deyanira y Caliche, la base del proceso. La Corte no le ha permitido a la defensa contra interrogarlos. En cambio, se ha negado a recibir al menos seis testimonios muy importantes solicitados por Uribe, entre otras pruebas no practicadas.
La Corte, además, ha filtrado de manera sistemática información segmentada, incompleta y escogida, con miras a generar en la opinión pública la idea de que Uribe es culpable, en clara violación al principio de reserva sumarial, fundamental para la presunción de inocencia de los investigados.
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