El Tribunal de Cundinamarca consideró que los demandantes no cumplieron con los requisitos procesales para la presentación de la acción, puesto que, luego de que se les ordenara corregir la demanda, no lo hicieron. Por lo tanto, el término previsto para subsanar los errores se venció y la demanda fue rechazada.
Los demandantes pedían sancionar al comandante del Ejército Nacional, General Eduardo Zapateiro, por “intervenir en política”, faltando, según ello, a las leyes y “extralimitándose en sus funciones”. Según los accionantes, el derecho colectivo a la moralidad administrativa había sido “amenazado”, pues el General Zapateiro habría utilizado sus redes sociales para “intervenir en el proceso electoral”, lo cual constituye una violación de los derechos políticos de los ciudadanos y una violación de la Constitución y de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005). Sin embargo, como autor de la acción no cumplió con los términos procesales, el Tribunal le rechazó la demanda. No obstante, si los demandantes lo desean, dijo el Tribunal, pueden volver a presentar la acción, ya que ésta no ha caducado por tratarse de una acción popular.
El General Eduardo Zapateiro, quien dejará por renuncia voluntaria su cargo el próximo 20 de julio, ganó así este primer pleito que pretendía silenciarlo y obligarlo a pedir “disculpas” por los pronunciamientos hechos por redes sociales contra las injurias y calumnias lanzadas contra el Ejército Nacional por el entonces candidato Gustavo Petro.
El comandante del Ejército escribió, en efecto, tres respuestas contra los señalamientos sin prueba que hiciera Gustavo Petro contra la institución castrense. Después del asesinato de seis militares por parte de la banda criminal Clan de Golfo, Petro, en plena campaña electoral, lanzó el 20 de abril pasado, por sus redes sociales, esta frase: “Mientras los soldados son asesinados por el clan del golfo (sic), algunos de los generales están en la nómina del Clan”. Y agregó: “La cúpula se corrompe cuando son los politiqueros del narcotráfico los que (‘sic) terminan ascendiendo a los generales.”
El General Zapateiro le respondió a Petro fuertemente en una serie de tres trinos. El 22 de abril escribió: (1) “No hay a quien le duela más la muerte de un soldado que a los que portamos el camuflado y, por supuesto, a sus familias y a la patria misma, pero su sacrificio supremo por el país no debería ser usado en narrativas de campaña política.” (2) “Desde el 2021, más de 500 militares han sido asesinados y heridos durante el cumplimiento de la misión y su sacrificio fue invisible, no hubo pronunciamientos. Curioso que ahora la muerte de los héroes de la patria sí genere aflicción y sea usado para otros señalamientos.” (3) “Senador [Petro], no se valga de su investidura (inviolabilidad parlamentaria) para pretender hacer politiquería con la muerte de nuestros soldados, más bien cumpla con su deber ciudadano de denuncia fundamentada ante la @FiscaliaCol de los hechos que usted menciona, sea quien sea.”
El Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción (IIEA), interpuso la denuncia contra Zapateiro, argumentando que él afectó “los derechos políticos de todos los colombianos”, al ser los militares por la Constitución no deliberantes, lo que le prohibía al oficial hacer este tipo de comentarios. El IIEA es una entidad de naturaleza opaca: se presenta como una empresa privada (1) de Bogotá “sin ánimo de lucro” pero que, al mismo tiempo, tiene éxito en sus negocios. Su página web dice que “Las ventas registradas [por el IIEA] durante el año 2020 han sido crecientes respecto al año anterior”. Pero no da cifras ni otros detalles de sus “ventas”. No dice qué son los objetos o servicios que vende. Agrega que “El patrimonio registrado durante el año 2020 ha sido creciente respecto al año anterior.”
Esa misteriosa entidad solicitaba que la justicia le ordenara al Comandante del Ejército guardar silencio con respecto al proceso de elección del presidente de la República, invocando la ley 996 de 2005 sobre garantías electorales y el artículo 219 de la Constitución Política. Además, exigía que se le ordenara al oficial “no opinar, comentar, apoyar, publicar, aludir o insinuar sobre ninguna de las campañas presidenciales ni sobre las piezas publicitarias de los mismos”.
Pero el general Zapateiro no hizo declaración alguna sobre la campaña electoral, no llamó a votar por candidato presidencial alguno, sino que cuestionó estrictamente el acto difamatorio e injurioso del candidato extremista Gustavo Petro contra el honor del Ejército de Colombia. El extraño demandante intentaba en realidad ponerle una mordaza al General Zapateiro, y a todos los altos mandos de las Fuerzas Militares y de Policía de Colombia, basados en su falsa creencia de que los extremistas pueden lanzar campañas sistemáticas de insultos y de desinformación contra las Fuerzas Armadas y que éstas deben aceptar tales campanas sin cuestionar y sin defenderse de tales agresiones.
Como si fuera poco, la empresa IIEA solicitaba que el General Zapateiro ofreciera “excusas públicas a los ciudadanos colombianos por sus declaraciones sobre el proceso electoral”, cuando las excusas, en realidad, deben ser presentadas por Gustavo Petro por haber difamado públicamente a las Fuerzas Armadas y al Estado colombiano. Las declaraciones de Petro contra el Ejército generaron un amplio movimiento de rechazo en la sociedad. Gustavo Petro es quien debe realizar un acto de desagravio público por el daño causado a la sociedad y a las Fuerzas Militares por sus grotescas calumnias.
tomado de: Linternaazul




