Cese bilateral al fuego

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Coronel (RA) Adolfo Clavijo Ardila

Objetivo

Este análisis tiene como objetivo poner en evidencia el impedimento constitucional que existe para que la Fuerza Pública cese, por cualquier razón, sus funciones de defensa y de mantenimiento de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y el orden constitucional. Una medida de esta naturaleza implica que el propio Estado declina velar por la vigencia de nuestra soberanía y del régimen instituido; que no garantiza la seguridad y la defensa nacional ni protege a los habitantes del territorio patrio. Por lo anterior, esta determinación, además de violar la Constitución Nacional, pone en grave riesgo la estabilidad futura de la Nación colombiana e incluso su propio desarrollo.

Consideraciones particulares

Para efectos de evaluar si el cese bilateral –o desescalamiento- es procedente o no dentro del proceso de paz o para el posible posconflicto es necesario tener en cuenta los aspectos que se relacionan a continuación.

  1. Como las actividades y funciones que cumple la Fuerza Pública están estipuladas en la Constitución Nacional, ninguna autoridad puede revocarlas sin que se realice una reforma constitucional al respecto.
  2. Con la aplicación de este mecanismo se presentan varias incongruencias:

a. Se viola la Constitución.

b. Se nivela a la Fuerza Pública con una organización al margen de la ley. En este caso, no cabe darle estatus de fuerza militar porque no es nada diferente a una organización delincuencial.

c. Se presupone que el cese bilateral se lleva a cabo para parar el conflicto armado. Con esta acepción se entra a considerar al grupo armado ilegal como un ejército organizado al mismo nivel de la Fuerza Pública o de las Fuerzas Armadas de cualquier otro Estado.

d. Se incrementan la criminalidad y la delincuencia en el país por parte de otras organizaciones criminales, que aprovecharán la situación por cuanto para la Fuerza Pública es imposible, en el orden operacional, hacer la distinción de quien delinque o no; entonces, no se puede actuar contra nadie: contra ningún delincuente ni contra ningún grupo criminal.

e. Si se aplica el cese bilateral de hostilidades, se le da carácter de hostilidades a las acciones legales de los militares y policías y, al mismo tiempo, se atenúa la perversidad de los actos criminales y terroristas del grupo armado ilegal.

f.  Con el cese bilateral, tal como se prevé, no se van a suspender actividades delictivas como el narcotráfico, la extorsión y el secuestro, que son las que les generan grandes ingresos económicos; por el contrario, estos van a aumentar en virtud de que ya no se puede atacar a sus promotores.

3. De otra parte, suspender los bombardeos, es facilitarles que se fortalezcan y que crezcan militarmente; que continúen con el narcotráfico, el secuestro, las extorsiones y demás delitos rentables para ellos; que tengan donde estar seguros después de delinquir. Podrán, también, controlar los territorios aledaños a los campamentos y ejercer hegemonía sobre ellos.

Riesgos y/o consecuencias de un cese bilateral

Es bien sabido que estas organizaciones terroristas, por la forma en que han actuado en anteriores procesos de paz–y en este mismo-, no infunden la más mínima credibilidad ni la más irrisoria confianza, razón por la cual el cese bilateral puede resultar contraproducente. Es decir, que, en lugar de lograrse la paz tan anhelada, con este proceso el país llegue a situaciones peores de las que ha vivido. Estos serían algunos de los riesgos o efectos negativos que pueden presentarse:

  1. Que como consecuencia del cese bilateral, se vuelvan más exigentes y más arrogantes de lo que han sido hasta el momento durante el proceso y como secuela de ello empleen la negociación para seguir estructurando sus propósitos políticos y militares e insistir en sustituir nuestra democracia por un régimen comunista.
  2. Que el cese bilateral genere un debilitamiento o desánimo en la Fuerza Pública para seguir luchando contra todas las amenazas a la estabilidad del Estado o que oficialmente se propenda por la reducción de efectivos y del potencial operacional de cada una de las Fuerzas
  3. Que con la inactividad militar y policiva que genere el cese bilateral se incremente el detrimento productivo que vienen sufriendo los sectores agrícola, ganadero y minero a raíz de la embestida criminal de estas y otras organizaciones facinerosas.
  4. Que el Estado pierda su soberanía en muchas regiones apartadas del país.
  5. Que la organización terrorista se niegue finalmente a concentrarse y a entregar las armas, condiciones requeridas para el éxito del proceso.

Criterios que deben tenerse en cuenta para evitar que, como resultado del proceso de paz, se decrete o se imponga un cese bilateral.

  1. No se puede ir en contra de la Constitución Nacional ni se deben nivelar las acciones legítimas y obligatorias de un Estado de derecho con las actividades inicuas de una organización criminal.
  2. No se les puede otorgar estatus de comandantes a los cabecillas terroristas. Ellos son los responsables del planeamiento y la ejecución de todos los actos de barbarie y crímenes de lesa humanidad que por más de cinco décadas han cometido. Son los determinadores de la violencia que ha causado tanta víctima inocente y tanto dolor en millones de colombianos.
  3. No se puede permitir que el cese bilateral se convierta en un instrumento adicional que conduzca a la impunidad de quienes llevan más de cinco décadas sembrando terror.
  4. Tampoco se puede permitir que el cese bilateral pase a ser un instrumento más de las formas de lucha que emplea el terrorismo para alcanzar sus objetivos ni que se convierta en un dispositivo más de protección de sus integrantes.
  5. El cese bilateral, sumado a las otras concesiones que el Gobierno ya otorgo a las Farc, no debe dar lugar a los siguientes escenarios:

Escenario No. 1. Un posconflicto con una influencia política, social y militar de las Farc y, posiblemente, también del Eln, que entre a liderar o a regir los destinos del país o a cambiar su rumbo democrático. En otras palabras, que esas dos organizaciones entren a imponer sus mezquinos intereses

Escenario No. 2. Un posconflicto que lleve al agravamiento del conflicto o de la situación de violencia y terrorismo que ha vivido el país, por renuencia a abandonar el sistema que les ha permitido a sus cabecillas obtener poder de intimidación, poder de coerción y un alto poder económico.

Consideraciones especiales

  1. En la búsqueda de un propósito tan significativo para el futuro del país como lo es la paz que se persigue, entran en juego muchos factores que reclaman situaciones y decisiones aleatorias que pueden salirse de la regularidad que encauza la vida política y jurídica de una nación. No obstante, las medidas que se tomen siempre deben estar sujetas a la Constitución: por ningún motivo se puede alterar la legitimidad establecida como eje del ordenamiento jurídico de la Nación.
  2. Todas las medidas que el Gobierno considere adoptar como efectos del proceso y que en alguna forma puedan incidir en la seguridad y defensa nacional deben ser estudiadas con sumo cuidado antes de tomarse la decisión. Por su experiencia en asuntos de seguridad y defensa, la Fuerza Pública y algunas organizaciones de militares y policías de la reserva activa, podrían ser las indicadas para adelantar esos estudios y presentar las recomendaciones del caso. Bajo ninguna circunstancia puede exponerse la seguridad de la Nación.
  3. Cuando lo señalado en los dos párrafos anteriores se cumpla en forma estricta, la Fuerza Pública debe acatar incondicionalmente las medidas tomadas por el Ejecutivo. De resto, debe dar a conocer sus observaciones y exponer los riesgos y peligros en que se puede incurrir.
  4. Como la suspensión de bombardeos, la del uso de glifosato y, ahora, la imposición de un cese bilateral se han determinado sin los respectivos y adecuados análisis de conveniencia o inconveniencia para la marcha del país, se considera procedente que el Gobierno consulte uno o varios organismos o entidades especializadas en asuntos del conflicto interno para que estudien la situación que puede resultar de estas medidas y recomienden las acciones que puedan evitar que Colombia caiga en circunstancias insalvables.

Acciones propuestas

  1. Que el Gobierno no implante por ningún motivo, y en las actuales circunstancias, el cese bilateral que se ha estado anunciando con el ELN
  2. Que el Gobierno imponga con claridad la entrega de armas y la concentración de sus efectivos como condición sine qua nonpara continuar con el proceso y para tratar los problemas relacionados con justicia y desmovilización. Si esto no se da, el proceso no debe continuar. Dada esta condición, la Fuerza Pública tendrá que seguir combatiendo sin limitantes ni atenuantes de ninguna índole, a todas las organizaciones delictivas que actúen en el territorio nacional.

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