Señor Coronel
MANUEL GUILLERMO GRACIA CARVAJAL
Jefe Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos
Ministerio de Defensa Nacional
REF: 0121001653702/MDN-COGFM-JEMCO-SEMAI-DCCAE-OF JUR
En atención a su número en referencia acerca de las restricciones al porte de armas de fuego con toda consideración y respeto me permito conceptuar aspectos atinentes al resultado que esas normas, decretos y disposiciones han producido en contra de la seguridad ciudadana y que no han sido tenidos en cuenta para mantenerla y/o mejorarla aplicando un mejor análisis que el que pudieron observar cuando dichas normativas fueron impuestas sencillamente porque la situación era diferente y ahora están constituyendo un flagrante descontrol en la materia.
Así las cosas; para nadie es un secreto el hecho de que la inseguridad en las calles, en los campos y en las carreteras se ha venido empeorando hasta llegar a contar un total de 176 atracos en un día a mano armada con armas blancas y de fuego en la ciudad de Bogotá robando bicicletas, celulares, relojes, autos, autopartes y apartamentos asesinando la víctima la mayoría de los casos; precisamente porque el ciudadano de bien transita “sin un corta uñas” para su defensa personal debido a dichas prohibiciones que crearon la situación propicia para el atraco; es decir con ellas se le amplió la posibilidad y se le dio seguridad a la delincuencia para el crimen.
La Presidencia de la República ha venido suspendiendo desde el gobierno de Santos anualmente el porte de armas “salvo situaciones especiales”; es decir prohibe lo prohibido y el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos exige a motu propio requisitos adicionales de difícil cumplimiento que valdría la pena fuesen considerados en la actualidad y puestos en situación porque perdieron vigencia.
La Constitución y el Código de procedimiento Penal también contemplan la legítima defensa, factor que tampoco pierde vigencia en ningún momento.
La situación que está viviendo hoy el ciudadano de a pie que no tiene escolta, ni carro blindado, ni chaleco antibalas; afrontando un riesgo inminente en todas partes de las ciudades aún dentro de su propia residencia y también en el campo es alarmante.
Todas las normas para el porte de armas las está cumpliendo a cabalidad el ciudadano de bien y las está contraviniendo de plano y por completo el delincuente, el atracador, el violador contra quienes no existen prohibiciones para porte de armas; ni requisitos; porta el arma que quiere y del calibre que quiere; las compra en el mercado negro o las alquila mientras ejecuta “la vuelta”. Y la Corte Constitucional no se entera.
Para tal efecto estipula la Corte que “la potestad discrecional en materia de expedición de permisos no infringe la Constitución ni la Ley sino que desarrolla los principios que garantizan la defensa de las Instituciones, los derechos fundamentales y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado; entre ellas administrar el monopolio de las armas”.
En principio; 1: el Estado expide permisos exigiendo exámenes costosos e inoficiosos como lo es el examen médico; es decir no se le concede permiso a un enfermo de cualquier síndrome porque se va a morir? Tal adefesio no lo exige la Corte. Quién lo “ideó”? el Departamento de Control del Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, CCCAE. Tal examen comprende agudeza mental, visual y auditiva que un ciudadano que no “haya jugado a las maquinitas” en su juventud podrá aprobar. O será para medir la capacidad para “sacar” y accionar rápido el gatillo estilo Oeste Americano?
Por lo mismo un permiso registrado y legal para porte de armas de uso personal y para defensa personal controla el uso correcto del arma y en ningún caso habilita al ciudadano para atentar contra las Instituciones porque se le expide exclusivamente a un ciudadano de bien; de buena conducta; correcto en todos sus procederes como lo aseguraría la certificación de libertad de antecedentes que expida la SIJIN; con ello el Estado está administrando su monopolio de las armas.
Es cierto que el Estado está cumpliendo con su deber de expedir los permisos; pero a que costo y en cumplimiento de cuales y tantos requisitos que hace prácticamente imposible obtenerlos.
2-Multa por valor de un salario mínimo si el permiso para porte está vencido.
El arma es personal y propia adquirida con peculio propio del solicitante; por consiguiente no es razonable cobrar una multa lo cual viene a constituir abuso de autoridad ideado también por el DCCAE en alguna administración anterior.
HISTORIA
Tampoco ha tenido en cuenta la Corte ninguno de los datos históricos pertinentes que vale la pena recordar:
1-Durante la Segunda Guerra Mundial los japoneses decidieron no invadir América porque sabían que la mayoría de los norteamericanos estaban ¡ARMADOS!
2: en 1911 Turquía estableció el control de armas y de 1915 a 1917; 1.5 millones de armenios incapaces de defenderse fueron exterminados por las mafias.
3: En 1929 la Unión Soviética estableció el control de armas; de 1929 a 1953 alrededor de 20 millones de disidentes incapaces de defenderse fueron exterminados por el comunismo.
4: En 1938 Alemania estableció el control de armas; de 1939 a 1945 un total de 13 millones de judíos que no pudieron defenderse fueron eliminados por Hitler.
5:China estableció control de armas en 1935; de 1948 a 1952; 20 millones de disidentes políticos incapaces de defenderse fueron exterminados.
6:Camboya estableció el control de armas en 1956; desde 1975 hasta 1977 un millón de personas educadas incapaces de defenderse fueron exterminadas.
7: Guatemala estableció control de armas en 1964 y hasta 1981; 100 mil indios Mayas incapaces de defenderse fueron exterminados.
8: Uganda estableció control de armas en 1970 y desde 1971 hasta 1979; 300 mil cristianos incapaces de defenderse fueron exterminados.
9: En Colombia desde el año 1964 hasta la fecha mas de 600 mil personas han sido asesinadas por actuación de diversos grupos armados; 7.900 han resultado heridos y/o mutilados con minas antipersona; mas de 15 mil personas han sido víctimas de desaparición forzada y ha habido mas de 3.7 millones de desplazados de 800.000 hectáreas de tierras; mas de 4.000 niños han sido secuestrados de sus familias campesinas para ingresarlos a las filas de las guerrillas y explotarlos sexualmente. La guerrilla de las farc ha cometido 343 masacres y ha destruido 854 poblaciones; ha secuestrado 24.482 personas de bien; en todos los casos incapaces de defenderse por carecer de arma para su defensa personal derecho consagrado en la Constitución y las Leyes de la República.
“QUIEN SUBESTIMA LA HISTORIA ESTÁ CONDENADO A REPETIRLA”
Todo esto está sucediendo porque las prohibiciones al porte legal de armas no desarma los criminales; los estimula.
El país requiere de un presupuesto de 26 billones de pesos para seguridad que pueden disminuir si toda la ciudadanía de bien está colaborando con la seguridad sin ningún costo para el Estado; gratis; porque posee un arma para defenderse y defender a los demás evitando que se cometan tantos crímenes. Los Juzgados se descongestionarán obviamente.
La protección policial es un oximorón; los ciudadanos libres deben protegerse a sí mismos porque la policía no lo protege a Usted del delito; solamente investiga el crimen después de sucedido, luego llaman a Bomberos, a la Inspección de Policía, etc; allí es donde los ciudadanos debemos protegernos nosotros mismos.
Importante tener en cuenta la realidad del porte de armas:
es disuasivo de las acciones delictivas; su uso no es inminente.
De otra parte:
1- Los dueños de armas en los Estados Unidos constituyen las Fuerzas Armadas mas grandes del Mundo.
2-En Suiza con 8.4 millones de hbts; 5 de cada 10 personas poseen un arma; el Gobierno provee una pistola a todos los hogares y facilita entrenamiento a todos los adultos en el uso de un rifle. Es el país mas seguro del Mundo.
3-Suiza tiene el porcentaje de crímenes relacionado con pistolas más bajo de cualquier país civilizado en el mundo.
4- En Honduras país que tiene los mismos 8.4 millones de habitantes hay prohibición de porte de armas; es el país mas inseguro del Mundo.
CONCLUSIONES: Ningún ciudadano de bien mataría un presidente; un sicario porta armas sin algún requisito; el presidente Santos fue el primero en suspender el porte por miedo.
Las armas en manos de ciudadanos honestos salvan vidas y ayudan a proteger propiedades; por el contrario las leyes de control de armas afectan adversamente SOLO a los ciudadanos que respetan la ley.
Por esto y por mucho más es que la jurisprudencia al respecto debería actualizarse a la altura de las circunstancias de tiempo, modo y lugar característica muy propia de las leyes que pueden y deben cambiarse a medida que las situaciones cambien y avancen en el buen sentido de la convivencia ciudadana.
Fabio A. Ribero Uribe. Socorro Marzo 11 de 2021
CC: Presidente Duque
Defensa Civil
Ministro de Defensa
Atención y orientación ciudadana




