Proyecto de Ley para beneficiar a reservistas

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Un proyecto de ley que establece beneficios para los reservistas colombianos fue radicado ante la Secretaría del Senado por el segundo vicepresidente de esa corporación, Edgar Espíndola Niño.

Entre otros, el proyecto de ley 125 de 2013 contempla los siguientes beneficios para las personas que cumplieron con el deber de prestar el servicio militar obligatorio, tal como lo consagra el Articulo 216 de la Constitución: a. Establecer mecanismos para la adquisición de predios de extinción de dominio con el fin de promover y ejecutar proyectos productivos con los reservistas colombianos. b. Permitir el acceso al programa erradicadores de la Agencia Pesidencial para la Acción Social con la mano de obra del reservista. c. Dar incentivos con programas y proyectos educativos, en básica primaria, básica secundaria, técnicas, tecnológicas, universitarias con entidades del estado o particulares, para el reservista. d. Ordenar al Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), prestar dinero con intereses blandos o condonables al reservista que quiera adelantar estudios en carreras técnicas, tecnológicas, universitarias y de postgrado. e. Adelantar con el servicio de aprendizaje (SENA) capacitaciones en programas técnicos, artes y oficios con el fin de fomentar la micro empresa la empresa con el reservista y su núcleo familiar. f. Establecer mecanismos para trabajar de la mano en proyectos de educación, salud, vivienda, bienestar social, proyectos productivos, etc, entre organizaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas que representan a las personas que prestaron el servicio militar y son llamados reservistas colombianos Articulo 50 de la Ley 48. g. Acompañamiento para el reservista sin distingo alguno para que los bancos del estado sean flexibles en la adquisición de créditos en proyectos productivos con la posibilidad de ser condonables. En el texto del proyecto se advierte que para otorgar dichos beneficios, “es responsabilidad del Ministerio de Defensa Nacional, a través de sus guarniciones militares, adoptar medidas inmediatas y ejecutar programas de prevención, capacitación al soldado reservista para el resguardo de la integridad física y moral de los mismos, con el fin de que se acojan a cada uno de los beneficios antes mencionados”. Igualmente, el proyecto contempla que quienes “posean alguna incapacidad física derivada de su servicio militar, tienen derecho a participar en programas de atención integral dirigidos a protegerlos, asegurando su proceso educativo, su desarrollo físico y psicológico obligatorio, así como agotar las medidas necesarias para su reinserción familiar y social, de ser aún posible en los casos que se requiera”.

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Un comentario

  1. que se haga una realidad la ley del reservista colombiano para recibir esos beneficios que tanto necesitamos hoy en dia en nuestra vejes a si como en nuestra juventud le prestamos ese servicio a la nacion y sociedad para un mejor pais cada dia mucho mejor gracias al trabajo de los soldados ciudades pueblos y veredas de nuestro pais bello y precioso y el mejor del mundo y que por ley nos corresponde y veteranos de la vieja guardia y guerra y que somos millones y el estado lo sabe y la sociedad no siendo mas de antemano agradesco su atencion prestada a dicho comentario rojas 4 de 1982 veterano de la vieja guardia y de la guerra y de mi amado ejercito nacional hasta el fin de mi vida y mi dios me lo permita y un cordial saludo a todos mis compañeros que son miles y millones de todas las ffmm ajuaaaaa hasta el fin y por siempre gloria al soldado de donde nace la vocasion para y el mejor de todos los tiempos pasado presente y futuro ser un militar ejemplar primero el soldado segundo el soldado tercero el soldado y por siempre el soldado y para siempre el soldado su vocacio y su virtud militar de coraje y gallardia hasta el fin colombia .

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