Que trámites deben hacerse en el fallecimiento de un Asociado y sus beneficiarios
Se deben comunicar inmediatamente con el coordinador funerario SM (R) Elías Barrera al celular 3115299846 o al Departamento de Socios de lunes a viernes en horario 8:00 a las 17:00 horas al celular 3223714111.
Atención permanente en Colombia y en el exterior: SM (R) Elías Barrera, Celular: 311 529 9846
Se les orientará sobre los siguientes procedimientos:
- Servicios exequiales.
- Trámites de sustitución de asignación de retiro y pensión.
- Trámites ante CREMIL, DIVRI y Colpensiones.
- Trámites ante el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares.
Importante
El señor oficial ACORADO no debe estar incluido dentro de ninguna póliza exequial, lo anterior debido a que cuenta con un auxilio funerario por parte de CREMIL y/o DIVRI- MINDEFENSA para el cubrimiento de su servicio exequial a nivel nacional
Se solicita que en un término no mayor a 20 días contados a partir de la fecha del fallecimiento, se remita a CREMIL, con la copia autenticada del Registro de Defunción con el fin de continuar con el trámite administrativos a los correos electrónicos: reconocimiento@cremil.gov.co y gestiondocumental@cremil.gov.co o de manera física a la dirección: Carrera 13 No. 27 -00 segundo piso, edificio Bochica en Bogotá, Diligenciar el formato de informe de fallecimiento de CREMIL de manera legible y clara.
Exequias del oficial con asignación de retiro o pensión
DECRETO 1211 DEL AÑO 1990 ARTÍCULO 187. GASTOS DE INHUMACION. Los gastos de inhumación de los Oficiales y Suboficiales que fallezcan en servicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión, serán cubiertos por el tesoro público a quien los haya hecho, mediante la presentación de la copia del registro civil de defunción y de los comprobantes de los gastos realizados, sin que su cuantía sea inferior a cinco (5) veces el salario mínimo legal mensual ni superior a diez (10) veces este mismo salario.
Ante el fallecimiento del oficial titular con asignación de retiro o pensión, los familiares tienen la libertad de seleccionar la funeraria y el cementerio para realizar las exequias del Militar.
Los servicios exequiales deben cubrir los siguientes ítems:
- Traslado del cuerpo de la clínica, hospital o residencia a la funeraria y sala de velación
- Traslado del cuerpo vía aérea, terrestre o fluvial dentro del territorio nacional
- Trámites legales ante Secretaria de Salud y Notaria para registrar el fallecimiento, la funeraria debe entregar 2 registros de defunción originales
- Arreglo del cuerpo
- Coordinación del servicio incluido los Honores Militares
- Cofre para la inhumación o cremación
- Sala de velación
- Carroza para llevar el cuerpo al cementerio
- Cinta con el grado y nombre del fallecido
- Libro de firmas para los asistentes
- Atención en el servicio de cafetería para los asistentes
- Misa, exequias, homilía o ceremonia cristiana
- Arreglo floral
- Cremación con cenizario o inhumación en lote o bóveda por 4 cuatro años o por el tiempo que se establezca en cada región, sin costo adicional.
- Un bus o buseta para acompañantes sala-iglesia-cementerio
- Para la ceremonia militar se provee de pabellón tricolor nacional para ser entregado a la familia.





